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viernes, 12 de junio de 2020

¿Cuáles son vuestros campos de actuación?

Esta pregunta, ¿Cuáles son vuestros campos de actuación? es la que nos han hecho en algunas ocasiones en las que hablamos con clientes.


La pregunta se plantea cuando una empresa tiene una problemática que resolver pero no tiene la seguridad de si un detective privado puede ayudarle a resolverla. Y en la mayoría de las ocasiones la respuesta es afirmativa, sí podemos ayudar al empresario o directivo a resolver el problema.

Un trabajador del que no se tiene la certeza de que cumpla con su cometido.
Una situación de absentismo laboral insostenible para la empresa. 
Una sospecha de que la información importante a nivel de ventas está siendo conocida por un competidor.
Una constancia de que se está falsificando la marca que comercializa la empresa pero se necesitan las pruebas y los canales por los que esta marca está siendo falsificada. 
Un desconocimiento sobre la solvencia de un cliente importante con el que se está a punto de hacer un negocio.


Mención aparte merece la investigación de hechos comunicados a través del canal de denuncias de la organización dentro de su Plan de Compliance. Estos hechos, comunicados de forma anónima principalmente, necesitan de una investigación independiente y objetiva que se inicie con la información de base recibida pero que después compruebe su autenticidad y resuelva la situación denunciada, de forma que la empresa pueda exonerarse de su responsabilidad, al haber desplegado una investigación externa y con garantías como lo es la realizada por profesionales como los detectives privados. 



Por esto, a la pregunta de ¿Cuáles son vuestros campos de actuación? tendríamos que responder que tan amplios como problemáticas y necesidades de información tenga la empresa. Todos encaminados a obtener un informe de investigación con todas las garantías jurídicas que redundará en un ahorro para la empresa.









miércoles, 6 de mayo de 2020

Compliance. El lugar donde están los detectives privados

El 16 de Noviembre de 2019, el Parlamento Europeo aprobó el texto de la Directiva Europea para la protección del denunciante dentro de los Programas Compliance. Esta Directiva fue publicada con fecha 17 de Diciembre de 2019 y en dos años, es decir, el 17 de Diciembre de 2021, los Estados Miembro deben tenerla implantada.

La Directiva, que habla de qué mecanismos deben establecerse para proteger a aquellas personas que informan sobre corrupción, blanqueo de capitales o cualquier otro aspecto contrario a las normas que se produzca en una institución pública o privada, está unida de forma clara a la existencia del canal de denuncias en una organización.

El canal de denuncias, en primer lugar, debe asegurar la confidencialidad del informante y debe favorecer que el sistema, desde que se realiza la comunicación hasta su investigación, sea transparente, ágil y en todo momento informe a la persona interesada de cuál es la situación de su comunicación: recibida, investigada y resultado. Si esto no se garantiza, la persona que ha informado podría recurrir a autoridades externas si ve que no se toman medidas tras su denuncia o si presume que su comunicación de tendrá efecto.

Son varios los foros en los que hemos participado sobre Compliance, canales de denuncia y políticas antifraude. En todos ellos, hemos hecho notar la participación obligatoria de los Detectives Privados en el proceso de Compliance y más concretamente en la gestión del canal de denuncias. ¿Cuál es la razón de esto? Los investigadores privados, por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, tenemos la potestad de realizar averiguaciones de forma exclusiva y excluyente que resulten necesarias para la obtención y aportación, por parte de terceros legitimados, de información y pruebas sobre hechos de naturaleza privada.

Los hechos comunicados en el canal son de naturaleza privada en principio. En el caso de que la investigación derivara en un delito público, la Ley de Seguridad Privada que nos rige nos obliga a hacer una comunicación inmediata a las autoridades.

En unión al Compliance Officer de la organización, el esquema del funcionamiento del canal de denuncias y su unión con los detectives privados sería el que mostramos a continuación. Nuestra función es la recogida de comunicaciones, su investigación y su comunicación al Compliance Officer y al denunciante, siempre encuadrado en un sistema de gestión del canal de denuncias que puede ser también externo y gestionado por el mismo despacho de detectives encargado de las investigaciones. 


Compliance
Esquema del trabajo de Detectives Privados dentro del Compliance