viernes, 12 de junio de 2020

¿Cuáles son vuestros campos de actuación?

Esta pregunta, ¿Cuáles son vuestros campos de actuación? es la que nos han hecho en algunas ocasiones en las que hablamos con clientes.


La pregunta se plantea cuando una empresa tiene una problemática que resolver pero no tiene la seguridad de si un detective privado puede ayudarle a resolverla. Y en la mayoría de las ocasiones la respuesta es afirmativa, sí podemos ayudar al empresario o directivo a resolver el problema.

Un trabajador del que no se tiene la certeza de que cumpla con su cometido.
Una situación de absentismo laboral insostenible para la empresa. 
Una sospecha de que la información importante a nivel de ventas está siendo conocida por un competidor.
Una constancia de que se está falsificando la marca que comercializa la empresa pero se necesitan las pruebas y los canales por los que esta marca está siendo falsificada. 
Un desconocimiento sobre la solvencia de un cliente importante con el que se está a punto de hacer un negocio.


Mención aparte merece la investigación de hechos comunicados a través del canal de denuncias de la organización dentro de su Plan de Compliance. Estos hechos, comunicados de forma anónima principalmente, necesitan de una investigación independiente y objetiva que se inicie con la información de base recibida pero que después compruebe su autenticidad y resuelva la situación denunciada, de forma que la empresa pueda exonerarse de su responsabilidad, al haber desplegado una investigación externa y con garantías como lo es la realizada por profesionales como los detectives privados. 



Por esto, a la pregunta de ¿Cuáles son vuestros campos de actuación? tendríamos que responder que tan amplios como problemáticas y necesidades de información tenga la empresa. Todos encaminados a obtener un informe de investigación con todas las garantías jurídicas que redundará en un ahorro para la empresa.









lunes, 1 de junio de 2020

Empresa, trabajadores y detectives privados

Es posible que desde la Dirección de Recursos Humanos de una compañía o desde su Dirección General se hagan la pregunta de en qué circunstancia y momento puede recurrirse a un Detective Privado ante una situación anómala respecto a algún trabajador.

Pues bien, el Artículo 20 apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores da la potestad al empresario de tomar medidas que estime oportunas para la vigilancia y el control del cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones y deberes laborales.

Continúa el Artículo señalando que el trabajador obviamente tiene derecho al respeto a su intimidad y a la propia imagen.

Desde este punto de partida, nos planteamos dos cuestiones en relación a las investigaciones realizadas sobre trabajadores:

* ¿Es posible la grabación de un trabajador en su tiempo de trabajo, en espacio público o en establecimiento abierto al público? La respuesta es que, respetando el Artículo 20, apartado 3 del Estatuto de los trabajadores, sí es posible realizar estas grabaciones que recojan las actividades tanto en el centro de trabajo como fuera de él, así como los comportamientos en espacios públicos cuando la relación laboral se encuentre suspendida y existan sospechas de irregularidad en dicha suspensión.

* ¿Cómo se realiza una investigación de un trabajador en situación de incapacidad temporal? La investigación siempre debe ser durante tiempo limitado y además de preservar los derechos fundamentales del trabajador, debe ser justificada e idónea, para verificar que la situación se produce de buena fe.
En caso de que se detecte una actividad incompatible con la situación de incapacidad, esta se verá reflejada en nuestro informe, que es ratificado en sede judicial. La obtención del informe, fiel reflejo de la situación observada, dará lugar en su caso a una medida disciplinaria.

En el siguiente esquema explicamos los dos supuestos tratados:

Empresas, trabajadores y detectives privados

lunes, 18 de mayo de 2020

Día de Internet, detectives privados e información empresarial

El 17 de Mayo, se celebra el Día Mundial de Internet. Ayer fue una jornada para divulgar y promover la importancia de las tecnologías de la información y la comunicación, así como de la sociedad digital.

Mucho ha cambiado nuestra sociedad desde la aparición de Internet, tanto a nivel particular como a nivel empresarial. En nuestra actividad como detectives privados, cobra mucha importancia aquellas investigaciones relacionadas con la vida en la red, con su propio uso, con el hecho de que la información se almacena en diferentes dispositivos y puede ser origen de ataques malintencionados. 

La generalización de Internet ha supuesto un indudable avance, somos capaces de acceder a mucha más información, nos podemos comunicar desde cualquier parte del mundo, tenemos herramientas que nos facilitan la vida y un largo etcétera.

Esta evolución ha hecho que también los detectives privados evolucionemos para atender aquellas necesidades que se plantean derivadas del uso de Internet y en general de las Tecnologías de la Información. En el mundo de la empresa, estamos centrados en nuestro caso en la Investigación Digital, en buscar evidencias digitales de cuál ha sido el uso que se ha dado a los dispositivos de la compañía y a la información que contienen. Debemos encontrar, mediante peritos forenses y las técnicas adecuadas, evidencias que permitan examinar, analizar y estudiar una circunstancia que podrá confirmarse o no. Con las necesarias condiciones de objetividad, conservación de la información y legalidad, obtendremos un informe de investigación que podrá ser aportado en el proceso judicial correspondiente, tal y como indica el artículo 299.2 de la LEC.

Ante cualquier duda de qué ha pasado con la información de la compañía, lo más acertado es realizar una Investigación Digital en busca de evidencias. Os dejamos un esquema del Procedimiento General de Análisis Forense:


lunes, 11 de mayo de 2020

Detectives privados y #Covid19

En la mayoría de Provincias y Comunidades Autónomas, hoy se entra en la Fase 1 de la llamada desescalada del confinamiento que el 15 de Marzo de 2020 nos recluyó a todos en nuestras casas y que era necesario por el alto grado de transmisión del Covid-19.

Al principio de la pandemia, en las noticias que se nos daban, había cierto seguimiento de los enfermos. Por ejemplo, se decía que había un número de personas contagiadas en una población y se informaba sobre cuál había sido el primer contagio. Evidentemente, según la pandemia fue creciendo y dadas las cifras de contagiados, este seguimiento ya era imposible de realizar.

Estamos ahora en una fase muy importante, aquella en la que el número de enfermos es pequeña y el número de contagios disminuye, el ratio ya no es de 2-3 personas contagiadas por cada una portadora. Y por esto es muy importante mantener estas cifras. Hasta que no exista una vacuna, se deben buscar formas de contener la expansión del virus, especialmente entre la población vulnerable.

Además de las lógicas medidas de higiene que las autoridades recomiendan, existe un elemento importante a implementar: ¿con quién se ha relacionado una persona positiva en Covid-19? Lo que se ha venido denominando "rastreo" es hoy una variable importantísima para frenar los contagios, de forma que pueda aislarse a las personas que hayan tenido contacto con un enfermo y así evitar la propagación de la enfermedad ahora que empezamos a controlarla.

Pues bien, los detectives privados somos los profesionales que estamos formados, cualificados, con experiencia y con medios para llevar a cabo estos estudios de relación de las personas. Sería un proceso simple en el que la persona que ha dado positivo tendría una llamada de un detective en la que se analizarían sus movimientos de los últimos días. En caso de que no se acordara, existen herramientas para analizar lugares en los que se ha estado, de forma que se pudiera ir cerrando el círculo de sus contactos.

Es el momento de dar utilidad social a nuestro trabajo. Las principales asociaciones del sector y los colegios profesionales han ofertado al Ministerio de Sanidad nuestra experiencia, profesionalidad y cualificación. No dejemos escapar esta oportunidad para seguir frenando la pandemia que tantas vidas ha costado.


miércoles, 6 de mayo de 2020

Compliance. El lugar donde están los detectives privados

El 16 de Noviembre de 2019, el Parlamento Europeo aprobó el texto de la Directiva Europea para la protección del denunciante dentro de los Programas Compliance. Esta Directiva fue publicada con fecha 17 de Diciembre de 2019 y en dos años, es decir, el 17 de Diciembre de 2021, los Estados Miembro deben tenerla implantada.

La Directiva, que habla de qué mecanismos deben establecerse para proteger a aquellas personas que informan sobre corrupción, blanqueo de capitales o cualquier otro aspecto contrario a las normas que se produzca en una institución pública o privada, está unida de forma clara a la existencia del canal de denuncias en una organización.

El canal de denuncias, en primer lugar, debe asegurar la confidencialidad del informante y debe favorecer que el sistema, desde que se realiza la comunicación hasta su investigación, sea transparente, ágil y en todo momento informe a la persona interesada de cuál es la situación de su comunicación: recibida, investigada y resultado. Si esto no se garantiza, la persona que ha informado podría recurrir a autoridades externas si ve que no se toman medidas tras su denuncia o si presume que su comunicación de tendrá efecto.

Son varios los foros en los que hemos participado sobre Compliance, canales de denuncia y políticas antifraude. En todos ellos, hemos hecho notar la participación obligatoria de los Detectives Privados en el proceso de Compliance y más concretamente en la gestión del canal de denuncias. ¿Cuál es la razón de esto? Los investigadores privados, por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, tenemos la potestad de realizar averiguaciones de forma exclusiva y excluyente que resulten necesarias para la obtención y aportación, por parte de terceros legitimados, de información y pruebas sobre hechos de naturaleza privada.

Los hechos comunicados en el canal son de naturaleza privada en principio. En el caso de que la investigación derivara en un delito público, la Ley de Seguridad Privada que nos rige nos obliga a hacer una comunicación inmediata a las autoridades.

En unión al Compliance Officer de la organización, el esquema del funcionamiento del canal de denuncias y su unión con los detectives privados sería el que mostramos a continuación. Nuestra función es la recogida de comunicaciones, su investigación y su comunicación al Compliance Officer y al denunciante, siempre encuadrado en un sistema de gestión del canal de denuncias que puede ser también externo y gestionado por el mismo despacho de detectives encargado de las investigaciones. 


Compliance
Esquema del trabajo de Detectives Privados dentro del Compliance




lunes, 4 de mayo de 2020

Cinco beneficios de contratar un detective privado



Ante la pregunta que pueden hacerse algunas personas sobre qué puede traer de positivo contratar un detective privado, escribimos este post donde en primer lugar vamos a explicar cuáles deben ser sus características:

* Debe ser un profesional habilitado. Todos los detectives privados que podemos trabajar con garantías disponemos de una Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) que lleva asociado un número, el 2.671 en nuestro caso, y que garantiza que estamos autorizados para que clientes legítimamente interesados nos contraten. Cualquier persona no puede investigar un asunto que atañe a terceros.

* Nuestra profesión está regulada por la Ley de Seguridad Privada 5/2014, que entre otras cosas indica que los detectives tenemos potestad para investigar de forma exclusiva y excluyente hechos de naturaleza privada. Además, nos obliga a firmar un contrato con nuestro cliente y a entregarle un informe de investigación válido para su ratificación en Tribunales.

Tras estas importantes premisas, si contratas un detective privado, obtendrás estos beneficios:

  • Tendrás la garantía de un profesional acreditado y formado.
  • Investigaremos sin vulnerar ningún derecho fundamental.
  • Emitiremos un completo informe de investigación con fechas, datos observados, fotogramas y adjuntaremos los vídeos correspondientes.
  • Este informe lo ratificaremos en el proceso judicial en el que estés inmerso.
  • Habrás resuelto un problema que seguramente estaba provocando una pérdida económica, además de la preocupación que genera.
No importa que seas un ciudadano o un gerente o directivo de empresa, antes casos en los que necesites obtener información y resolver un problema, un detective privado puede ayudarte.

En nuestra web podrás consultar los casos en los que podemos colaborar. Descubre lo que hacemos por ti.


jueves, 30 de abril de 2020

Todo es muy difícil antes de ser fácil



Qué difícil parece afrontar determinadas situaciones. Son varias cuestiones las que vienen a la cabeza, nos ponemos en situación de la persona que lleva la gestión de los recursos humanos de una empresa. Algunas de sus funciones en las que su trabajo puede confluir con los detectives privados son:


* Reclutar al mejor de los candidatos para un determinado puesto.
* Tomar decisiones estratégicas sobre la organización de la plantilla y la gestión de la movilidad geográfica.
* Gestionar las crisis en la relación laboral. 

Desde un despacho de detectives privados podremos:


* Hacer una verificación de las experiencias que el candidato/a expone en su curriculum vitae. ¿Ha estudiado dónde dice?¿Ha trabajado en las compañías que indica, cuál es la experiencia en dichas compañías? ¿Tiene una buena reputación profesional? Según las experiencias indicadas, ¿Sería el mejor candidato/a al puesto? Se hará una investigación sobre todos estos aspectos, de forma que la empresa cuente no sólo con la impresión que le da la persona sino con la información objetiva de su trayectoria.

* En el caso de que la dirección de recursos humanos o algún departamento de la empresa tome decisiones sobre la movilidad geográfica de los empleados o sobre el trabajo fuera de las instalaciones de la empresa, desde un despacho de detectives privados se podrá verificar el efectivo cumplimiento de las tareas encomendadas, viendo si las visitas que deben hacerse se cumplen.

* Las crisis en las relaciones laborales ha de tomarse en un sentido amplio. Pueden derivarse del cumplimiento de tareas por parte de los empleados o de personas que están en situación de incapacidad temporal. Este es un campo amplio donde intervenimos los detectives privados: verificamos que la baja de un empleado es real, que no realiza actividades incompatibles con su situación o que no trabaja en otro lugar mientras se encuentra ausente de la empresa.

Estos aspectos, que pueden parecer difíciles de resolver, se convierten en fáciles cuando se cuenta con la información necesaria. Mientras persisten, la empresa lo primero que sufre es una pérdida económica (si no contrata al candidato ideal, si no se cumplen funciones, si se produce una baja fraudulenta) además de las preocupaciones que se generan.

Por tanto, convirtamos lo difícil en fácil, busquemos la información correcta. Sólo se pueden obtener beneficios.